El INCAA responde a las críticas de los directores argentinos de DAC

por © Redacción (Argentina)-NOTICINE.com
En relación con un texto elaborado por la Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales de la Argentina, DAC y publicado por NOTICINE.com el pasado 6 de julio, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), aludido en el mismo, nos ha remitido una nota que por su interés reproducimos íntegramente:

"Básicamente, el reclamo se centra en tres puntos fundamentales. Por un lado, la cantidad de personal que presta funciones en el INCAA, y por otra parte se refieren a las cuestiones presupuestarias y el supuesto atraso en el reconocimiento de un nuevo costo medio de una película nacional de largometraje.

Con relación a la primera cuestión, debemos señalar que esta Gestión ha trabajado fuertemente y ha logrado la firma del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INCAA, homologado por Decreto 1032/09.

La existencia del Convenio Colectivo de Trabajo permite en forma definitiva ordenar la situación laboral de los trabajadores, evitando de esta manera manejos arbitrarios y discrecionales en la asignación de los Recursos Humanos, ya que de ahora en más, quién pretenda ingresar a la Planta Permanente del INCAA deberá someterse a los procesos de selección fijados en el Convenio Colectivo.  Es decir, que toda persona que ingrese al INCAA en el futuro, lo será como contratado, pero no en la planta permanente.

Con respecto al incremento en la partida presupuestaria destinada a sueldos, no podemos desconocer que el INCAA está dentro de los cuadros de la Administración Pública Nacional, y por lo tanto los aumentos de remuneraciones se ajustaron a los porcentajes establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional para la Administración Pública en general, dado que el INCAA se rige por la Ley de Administración Financiera (Ley 24.156), y la Ley de Empleo Público (24.165) y las negociaciones colectivas del INCAA se enmarcan dentro de la Ley 24.185. Es decir, que los aumentos que se han fijado en negociaciones paritarias desde el año 2006 hasta le fecha ascienden a un porcentaje del 95 %.

En cuanto a la cantidad de personal, existe una equivocación no solo en la cantidad de personal, sino también que se pretende darles a todos el mismo tratamiento, cuando en realidad existen diferentes modalidades contractuales. A tal efecto, y a los fines de especificar la cantidad de personal y su régimen laboral, resulta necesario efectuar un detalle pormenorizado de la planta del INCAA.

1) Planta Permanente: 357.

2) Planta Transitoria: 160 que se dividen de la siguiente manera: 16 contratos con aportes; 6 miembros de la CAEC que son los integrantes del Comité de Calificación de Películas y 137 instructores de la ENERC, quiénes perciben horas cátedras, por ejemplo alguno de ellos percibe 4 horas cátedras al mes y se lo pretende contabilizar como empleado del INCAA. Con relación a este punto, y como es de público conocimiento se está trabajando fuertemente en la implementación de un nuevo Plan de Estudios, a partir de la conformación de un Consejo Académico, ya que se apunta a tener una enseñanza más dinámica y acorde a las nuevas necesidades impuestas por la realidad. Cabe, asimismo aclarar, que se ha comenzado a efectuar un control efectivo en la asignación de horas cátedras, habiendo logrado una reducción de 300 horas por ausentismo de los instructores.

3) 177 bajo la modalidad de locación, es decir, que la mayoría de ellos, no revisten como personal dependiente del INCAA, sino que son contratados para tareas específicas por un tiempo determinado. Por ejemplo, en los Comités creados por Resolución Nº 1880/08/INCAA, 632/07/INCAA, 1884/08/INCAA se encuentran afectadas 70 personas que son representantes de las distintas entidades del quehacer cinematográfico, incluidos los representantes de la DAC, que no trabajan en forma habitual, permanente, con horario y una relación jerárquica.

Asimismo, dentro de esta modalidad contractual se encuentran los programas internacionales como DOC TV, MERCOSUR AUDIOVISUAL que no están asignados a las tareas habituales que desarrolla el INCAA, sino que se encuentran con dedicación exclusiva a esos programas. Lo que abona el INCAA a los contratados por esos programas, se aporta como contraparte de lo comprometido por la parte argentina a estos programas, pero no es una remuneración en sentido estricto. Otro ejemplo es el Programa Raymundo Glayzer, creado por Resolución INCAA que está destinado a capacitar y perfeccionar los conocimientos de directores y productores del interior del país, y el Programa de Infancia, cuyo llamado a Concurso se hizo efectivo por Resolución Nº1474/2009/INCAA, en una clara política federal (los jurados están integrados por 17 miembros). Asimismo, bajo esta modalidad se encuentra el personal temporario asignado a la organización del festival Pantalla Pinamar, que no trabajan todo el año, sino temporalmente; el personal de INCAA TV, programa creado por Resolución Nº 2589/09/INCAA, que tiene su partida específica y va por afuera del Presupuesto general del INCAA. Como puede observarse, la cantidad de los contratos varían de acuerdo a las distintas actividades que realiza el INCAA.

En virtud de lo expuesto, la cantidad de personal que presta tareas en relación de dependencia con el INCAA en forma habitual, normal y permanente no son más de 420 personas.

Uno de los puntos cuestionados por la entidad DAC, se refiere a la supuesta ausencia de apoyo efectivo para los lanzamientos de los films. Dicha afirmación es totalmente falsa, ya que el apoyo al lanzamiento que existía mediante Resolución Nº 551/07/INCAA era un complemento de subsidios por otros medios de exhibición, que en apariencia iba destinada al lanzamiento, quedó finalmente derogada y subsumida en el aumento de los subsidios por otros medios de exhibición que se otorgaron por Resolución Nº 1880/08/INCAA y 2735/09/INCAA. Además de haber incrementado el monto de los subsidios, se le otorga a las películas ayudas para lanzamiento, habiéndose incrementado en forma sustancial la difusión de los estrenos.

Otro de los cuestionamientos que efectúa la entidad DAC, se refiere al supuesto retraso en el Costo Medio de una película nacional de largometraje, que en la actualidad, conforme Resolución Nº 1883/08/INCAA, asciende a la suma de $ 2.300.000. En este sentido cabe aclarar, que el costo promedio de todos los costos reconocidos durante el año 2008 fue de 1.133.906,13, en el año 2009 fue de $ 1.477.318,43 y en lo que va del año 2010 fue de $ 1.796.009,88, lo cual demuestra claramente que el actual costo medio fijado por el INCAA es superior al promedio de los costos presentados y reconocidos por el INCAA.

Por último, y con relación a la alusión que hace la entidad DAC a un anuncio efectuado por la Presidencia del INCAA de que el Fondo de Fomento Cinematográfico sería de 230.000.000 pesos, cabe aclarar que es imposible determinar con anticipación y exactitud el monto total de recursos con los que se va a contar durante el año en curso, ya que lo que se hace es un Presupuesto, como bien lo indica su palabra, es lo que se presupone que va a ingresar, y no lo efectivamente percibido. Al día 30 de junio de 2010, se detallan los ingresos totales del INCAA y la aplicación efectiva a todos aquellos conceptos que se refieren a la promoción (créditos y/o subsidios), y lanzamiento de los films".